En una decisión urgente y dividida, el máximo tribunal suspendió provisoriamente la derogación de la Ley de Tierras impulsada por Javier Milei. El fallo expone las tensiones internas de la Corte y modifica el escenario político, mientras crece la controversia por la propiedad de los recursos territoriales del país.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación protagonizó este viernes un giro judicial de fuerte impacto político e institucional. Mediante una medida cautelar interina, el máximo tribunal resolvió restablecer las restricciones a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros, que habían sido eliminadas por el presidente Javier Milei a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023.
La resolución resulta particularmente significativa porque se produce apenas diez días después de que la propia Corte dejara sin efecto una sentencia judicial que cuestionaba la derogación de la Ley de Tierras.
Aunque aquella decisión se había fundamentado en cuestiones procesales, sus consecuencias generaron una fuerte controversia política, social y jurídica.
Ahora, con una nueva integración y una mayoría conformada de manera excepcional, el tribunal decidió intervenir
nuevamente para restablecer, al menos de manera provisoria, las limitaciones legales.
Una Corte dividida y una resolución de urgencia
La decisión fue respaldada por el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, y el ministro Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci.
En cambio, Carlos Rosenkrantz expresó su desacuerdo mediante un voto en disidencia.
La necesidad de incorporar dos magistrados adicionales dejó en evidencia las diferencias existentes dentro del máximo tribunal respecto del tratamiento judicial de una de las decisiones más controvertidas del programa de desregulación económica del Gobierno nacional.
Para acelerar la resolución, la Corte redujo de 72 a 24 horas el plazo para que las partes pudieran cuestionar la designación de los conjueces.
La rapidez del procedimiento reflejó la urgencia institucional y política que adquirió el conflicto.
La Ley de Tierras y el intento de desregulación de Milei
La Ley 26.737, sancionada en 2011, estableció restricciones para impedir una concentración excesiva de tierras rurales argentinas en manos extranjeras.
Entre sus principales disposiciones figura el límite del 15% de titularidad extranjera sobre las tierras rurales, tanto a escala nacional como provincial y municipal.
El artículo 154 del DNU 70/2023, firmado por Javier Milei al comienzo de su gestión, dispuso la derogación de esa legislación.
La iniciativa formó parte de una política económica orientada a eliminar regulaciones y ampliar las posibilidades de inversión privada, incluida la adquisición de grandes extensiones rurales por capitales internacionales.
Sin embargo, sus críticos advirtieron que la eliminación de controles podía facilitar una mayor concentración de la propiedad territorial y debilitar herramientas estatales de protección sobre recursos estratégicos.
El debate excede la compraventa de inmuebles: involucra cuestiones vinculadas con el acceso al agua, la producción agropecuaria, los territorios fronterizos y la soberanía sobre los recursos naturales.
La presentación de organizaciones ambientalistas y comunidades indígenas
La nueva intervención de la Corte se produjo en el marco de una causa impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie, junto con otros demandantes, entre ellos las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon.
Los reclamantes solicitaron precisiones sobre los efectos de la anterior sentencia de la Corte, particularmente respecto de un amparo colectivo vinculado con el proceso iniciado por el
Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata.
El planteo permitió abrir una nueva instancia judicial y derivó en la medida cautelar que restableció temporalmente las restricciones.
Es importante señalar que la resolución no constituye todavía una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de la derogación dispuesta por Milei. Se trata de una protección judicial provisoria mientras continúa la discusión de fondo.
Un fallo que también le da oxígeno político al Gobierno
Paradójicamente, la decisión judicial podría representar un alivio político para la administración libertaria.
La anterior resolución de la Corte había desatado fuertes cuestionamientos de sectores opositores, organizaciones sociales y agrupaciones que defienden la soberanía territorial.
En el Congreso, la oposición comenzó a impulsar una ofensiva para rechazar el DNU 70/2023 en su totalidad, una posibilidad que podría afectar numerosas reformas económicas y regulatorias promovidas por Milei.
Con el restablecimiento provisorio de la Ley de Tierras, el oficialismo obtiene un argumento para intentar desactivar esa ofensiva parlamentaria.
De esta manera, una resolución que limita temporalmente una de las políticas de desregulación del Gobierno podría terminar beneficiándolo en su estrategia legislativa.
La soberanía territorial, en el centro de la discusión
Más allá de las consecuencias judiciales inmediatas, el conflicto vuelve a instalar una discusión de fondo: ¿hasta dónde debe llegar la libertad de mercado cuando están en juego la tierra y los recursos naturales de la Argentina?
Para los defensores de la desregulación, permitir una mayor participación de capitales extranjeros podría favorecer las inversiones, incrementar la productividad y dinamizar las economías regionales.
Para quienes cuestionan esa política, la ausencia de límites efectivos podría profundizar la concentración territorial y reducir la capacidad del Estado para preservar recursos considerados estratégicos.
La controversia adquiere especial relevancia en provincias con grandes extensiones rurales, territorios fronterizos y abundantes recursos naturales.
La decisión de la Corte no clausura esta discusión. Por el contrario, abre una nueva etapa de incertidumbre jurídica sobre el alcance de las facultades del Poder Ejecutivo para modificar, mediante decretos de necesidad y urgencia, legislaciones vinculadas con intereses territoriales de largo plazo.
Por ahora, los límites a la adquisición de tierras rurales por extranjeros vuelven a estar vigentes de manera provisoria.
La definición de fondo sigue pendiente y será determinante para establecer qué marco jurídico regulará la propiedad extranjera de las tierras argentinas.
