La Corte rechazó un reclamo de Novelli y Terrones Godoy para apartar a los querellantes de Grabois

La Corte rechazó un reclamo de Novelli y Terrones Godoy para apartar a los querellantes de Grabois

Los jueces consideraron que el recurso "no se dirige contra sentencia definitiva". En las próximas horas, se sumaría una querellante bielorrusa.

La Corte Suprema desestimó este jueves un recurso extraordinario presentado por Mauricio Novelli y Manuel Terrones Godoy, principales implicados en la estafa de la criptomoneda Libra, para apartar a los querellantes representados por el diputado Juan Grabois. Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti concluyeron que "el recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, no se dirige contra sentencia definitiva".

La investigación, que está a cargo del juez Marcelo Martínez de Giorgi, busca determinar la cadena de responsabilidades en la estafa, después que el propio Javier Milei promoviera la compra de ese activo financiero por Twitter el 14 de febrero de este año. 

El caso motivó, incluso, la creación de una comisión investigadora en el Congreso, donde a los diputados opositores les resultó difícil romper la neutralización que mantuvieron los libertarios con ayuda del PRO y los radicales.

Sin embargo, los legisladores elaboraron un informe con hallazgos que revelan un esquema en el que estarían involucrados funcionarios del gobierno para atraer inversores por un corto espacio de tiempo y hacer un rug pull (tirar de la alfombra, por su terminología en inglés) para llevarse los fondos.

La causa estaba originalmente en manos de la jueza María Servini, quien rechazó la solicitud de Juan Marchetto, Matias Paris y Alan Vega para ser tenidos como parte querellante. Los afectados están representados por Nicolás Rechanik, Juan Grabois y Carolina Palacio Roitbarg.

Más tarde, la Sala II de la Cámara Federal porteña revocó esa decisión. "El derecho a adquirir legitimación activa no puede depender ni de la demostración de la existencia de ciertos acontecimientos, ni de su probabilidad más o menos próxima. Debe partirse de la hipótesis de los acusadores, sea que a la postre resulte corroborada o no", dijeron los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico.

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